La Enmienda de la NIIF 16 se Aplica a las Pymes.

La enmienda de la NIIF 16, solo es aplicable para entidades del Grupo 1; en caso de tratarse de una entidad que aplica la NIIF para las Pymes (Grupo 2) se deberán aplicar los requerimientos establecidos en la Sección 20 de esta norma. Aclaramos que la NIIF para Pymes es una norma independiente, por ello no es posible para una entidad del Grupo 2, aplicar requerimientos que han sido establecidos para entidades clasificadas en el Grupo 1.

1042 CTCP de 2020

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